La regla: dónde empieza y dónde acaba el porte
La LOTT (artículo 65) separa dos tipos de transporte. Los interiores tienen su origen y destino en España. Los internacionales son aquellos «cuyo itinerario discurre parcialmente por el territorio de Estados extranjeros».
La Resolución de 5 de junio de 2026 lo aplica al DeCA: quedan fuera «los transportes internacionales que discurran parcialmente por territorio español, ya que emplearán los documentos de control establecidos en los convenios suscritos por España».
- Porte con origen y destino en España: DeCA.
- Porte que pasa por otro país: los documentos de los convenios internacionales, como el CMR. No el DeCA.
El cabotaje también lleva DeCA
La Resolución lo dice claro: «las operaciones de cabotaje por territorio del Estado español están incluidas en esta obligación». Un camión extranjero que carga y descarga dentro de España lleva DeCA, como uno español.
Cuándo una carta de porte (o un CMR) sirve como DeCA
El artículo 2.2 de la Orden FOM/2861/2012 lo permite: si el transporte va documentado en una carta de porte ajustada a la ley nacional, europea o internacional, esa carta sirve como DeCA «siempre que contenga todos los datos recogidos en el artículo 6».
El apartado octavo de la Resolución lo amplía a otros documentos (carta de porte, documento ADR, DI de residuos, SANDACH…), con una condición más: «que siempre estén identificadas de forma expresa y diferenciada las figuras de cargador contractual y transportista efectivo».
- Comprueba que estén el nombre, el NIF y el domicilio del cargador contractual. Es quien te contrata, que no siempre es el remitente que figura en la carta.
- Comprueba que estén el NIF del transportista efectivo y la matrícula de la tractora y del remolque o semirremolque.
- Si falta un dato del artículo 6, ese papel no te sirve de DeCA.
Y desde octubre de 2026, digital
Si usas la carta de porte como DeCA en un porte nacional, desde octubre de 2026 tiene que cumplir lo mismo que cualquier DeCA digital: PDF nativo, QR y URL de descarga directa (ver «Cómo tiene que ser el DeCA digital»).
Si los datos se gestionan con el sistema europeo eFTI (Reglamento UE 2020/1056), no hace falta presentar el DeCA en la forma de la Resolución (apartado noveno).
Preguntas frecuentes
- Cargo en Zaragoza y descargo en Oporto. ¿DeCA o CMR?
- Es internacional, porque el itinerario pasa por otro país. Se usan los documentos de los convenios firmados por España, como el CMR, no el DeCA.
- Soy portugués y hago un Valencia–Madrid. ¿Llevo DeCA?
- Sí. Es cabotaje en España y la Resolución lo incluye expresamente.
- ¿Puedo usar mi CMR de siempre para un porte nacional?
- Puede servir como DeCA si lleva todos los datos del artículo 6, con el cargador contractual y el transportista efectivo bien identificados y separados. Desde octubre de 2026, además, tiene que ser un PDF digital con su QR.